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El trámite para ver si se puede convalidar algún año de catequesis realizado en otra parroquia se realizará con los requisitos y el procedimiento aquí explicados. No se podrán iniciar convalidaciones hasta mediados-finales de septiembre del año en curso. Deberán de formalizarse antes de iniciarse las catequesis a primeros de octubre.

En todo caso se necesitará:

  • Volante de bautismo del niño/a si no está bautizado/a en esta parroquia de San Vicente Mártir.

  • Certificado, expedido por el párroco de una parroquia, de haber realizado el niño/a, una, dos, o las tres etapas de catequesis. Los certificados expedidos por catequistas, profesores, dirección de colegios, aún religiosos... no serán aceptados, salvo que vengan respaldados por otro certificado de la parroquia o del Obispado de la Diócesis donde imparte catequesis el catequista o, en su caso, de la demarcación dónde se encuentra el colegio religioso que asegure que la catequesis que se imparte en esos centros es aceptada por tal parroquia o Diócesis. Esto es por los siguientes motivos:

    1. Certificados sólo firmados por catequistas: No son autoridad religiosa para poder certificar. Su firma no se encuentra registrada como la de los párrocos en el Obispado de cara a probar su autenticidad. Requieren certificado de su párroco.

    2. Certificados firmados y/o sellados por profesores, directores, colegios: Si no son religiosos no tienen por derecho propio autoridad para impartir catequesis. Requieren reconocimiento por parte de la Parroquia o del Obispado de la Diócesis cuya demarcación comprende la situación del colegio.

    3. Certificados firmados y/o sellados por los citados en el punto anterior cuando resultan ser religiosos: Sí tienen reconocida capacidad para impartir catequesis, pero no todos lo hacen según los tiempos y condiciones establecidas por la Conferencia Episcopal y por cada Obispo en su Diócesis. De ahí la necesidad de un respaldo de la parroquia o Diócesis cuya demarcación comprende la situación del colegio religioso. Si son colegios religiosos en los que el Obispo Diocesano ha erigido una parroquia, serán validos los certificados que vengan firmados por la persona religiosa en quien recaiga el nombramiento de párroco junto con el sello de la parroquia.

 
El procedimiento será el siguiente:
  1. Rellenar la ficha de inscripción del niño/a en horario de despacho, presentando el volante de bautismo y el certificado de la catequesis realizada.
  2. Señalar el día en el que preferentemente desea recibir catequesis. La asignación a un grupo determinado estará condicionada por la disponibilidad de los catequistas.
  3. Abonar el precio de la matrícula: 25€ (10€ más si necesita libro de catequesis).